Resumen del criterio jurisprudencial
El Torrente Eléctrica S.A. demandó la constitución de servidumbres de acueducto, tránsito y paso sobre un predio de Hermann Merkel para un proyecto hidroeléctrico. El demandado se opuso argumentando que debía aplicarse la normativa eléctrica especial (DFL N°4) y no el Código de Aguas. El tribunal de primera instancia acogió la demanda, fijando una indemnización. La Corte de Apelaciones redujo la indemnización y confirmó en lo demás. El demandado recurrió de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando infracción de normas del DFL N°4 y del Código de Aguas. La Corte Suprema rechazó el recurso, sosteniendo que las servidumbres se rigen por el Código de Aguas. Un ministro disintió, considerando que debió aplicarse la ley eléctrica.