Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente (Zamorano) dedujo un recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. La Corte de Apelaciones respectiva declaró inadmisible el recurso en cuenta, por no mencionar hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales. El recurrente apeló dicha resolución ante la Corte Suprema. La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la resolución apelada, aplicando el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección. El tribunal consideró que el libelo no señalaba hechos que eventualmente pudieran vulnerar las garantías del artículo 20 de la Constitución. En consecuencia, el recurso no fue acogido a tramitación y se mantuvo la inadmisibilidad.