La Agencia de Aduanas Jorge E. Celis Cornejo y Cía.
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024
Resumen
La Agencia de Aduanas Jorge E. Celis Cornejo y Cía. Ltda. interpuso reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N° 480 y 481 emitidas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) con fecha 17 de julio de 2020, por considerar que adolecían de vicios de nulidad. El contribuyente alegó que el SII infringió los artículos 8 bis, 59 y 200 del Código Tributario, así como el artículo 19 N° 3 de la Constitución, al requerir antecedentes de manera amplia y sin especificar el año, y al ampliar el plazo de fiscalización sin que se configuraran las hipótesis legales. El SII había observado una subdeclaración de renta líquida imponible por imputación de pérdidas de arrastre, solicitando documentación contable. El contribuyente sostuvo que se le pidieron nuevos antecedentes fuera de los límites de la observación original. El Tribunal consideró que el requerimiento fue válido y que la ampliación de plazo no vulneró derechos, confirmando las liquidaciones. Se rechazó el reclamo y se condenó en costas al contribuyente por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
Normas citadas
Art. 8 bis N° 4 y N° 18 del Código Tributario
Art. 59 del Código Tributario
Art. 200 del Código Tributario
Art. 19 N° 3 de la Constitución Política de la República
Decreto Ley N° 824 de 1974
Art. 144 del Código de Procedimiento Civil
Art. 170 del Código de Procedimiento Civil
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