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Luis Antonio Díaz Riquelme, por medio de su abogado Camilo Dante Rore Guerrero, dedujo…

Resumen del criterio jurisprudencial

Luis Antonio Díaz Riquelme, por medio de su abogado Camilo Dante Rore Guerrero, dedujo recurso de amparo contra la resolución del Juzgado de Garantía de Quilpué que denegó la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna y ordenó cumplir efectivamente una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, impuesta por el delito consumado de robo con fuerza en bienes nacionales de uso público. El recurrente sostuvo que el tribunal computó erróneamente el plazo para excluir una condena anterior, pues atendió a la fecha de cumplimiento de la condena, ocurrido el 22 de junio de 2022, en lugar de atender a la fecha de imposición de dicha condena en el año 2019. El tribunal recurrido informó que la decisión fue adoptada en procedimiento abreviado, que se encontraba fundada en el considerando sexto de la sentencia y que no se habían interpuesto recursos. La Corte consideró que la resolución impugnada fue dictada por tribunal competente, en un procedimiento legalmente tramitado y con fundamentos suficientes. Estimó que el reproche del amparado expresaba una discrepancia interpretativa y no una ilegalidad que justificara la intervención constitucional. Además, señaló que el ordenamiento contemplaba la vía de apelación prevista en el artículo 37 de la Ley N°18.216 para impugnar dicha decisión, recurso que no fue ejercido. En consecuencia, rechazó el recurso de amparo, sin costas.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.