Resumen del criterio jurisprudencial
Leoncia Cenair Valdez Aro interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la presunta omisión ilegal y arbitraria en la tramitación de su solicitud de nacionalización. La autoridad había recibido la solicitud el 16 de agosto de 2025 y, a la fecha de la sentencia, se encontraba en la fase de primer análisis. El tribunal constató una dilación excesiva que vulneró los principios de celeridad y conclusión establecidos en los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880. Asimismo, se consideró que la demora constituyó una discriminación arbitraria contraria al artículo 19 N°2 de la Constitución. Por tanto, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección y ordenó a la autoridad concluir la tramitación en sesenta días y remitir los antecedentes al Subsecretario del Interior. La decisión se dictó sin costas y sin voto disidente.