La recurrente, afectada por un cuadro de T.M.A.D. severo, impugnó mediante recurso de p…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026
Resumen
La recurrente, afectada por un cuadro de T.M.A.D. severo, impugnó mediante recurso de protección la Resolución Exenta N°R-01-UME-59222-2026 de la Superintendencia de Seguridad Social que confirmó el rechazo de sus licencias médicas por reposo no justificado, así como las resoluciones de la S.M.P.I.V. que rechazaron otras licencias. Sostuvo que los órganos recurridos actuaron ilegal y arbitrariamente al no realizar evaluaciones clínicas propias, contraviniendo el deber de instrucción y el debido proceso. La Superintendencia alegó extemporaneidad y que la materia pertenece a la seguridad social, excluida de la acción de protección. La entidad pagadora señaló su falta de facultades técnicas para calificar licencias. La Corte acogió parcialmente el recurso, dejando sin efecto las resoluciones impugnadas y ordenando un nuevo peritaje idóneo, pero rechazó la acción contra la entidad pagadora por no ser responsable del rechazo.
Normas citadas
Art. 19 N°1 Constitución Política de la República
Art. 19 N°9 Constitución Política de la República
Art. 19 N°24 Constitución Política de la República
Art. 21 D.S. N°3/1984 del Ministerio de Salud
Art. 11 Ley N°19.880
Art. 41 Ley N°19.880
Art. 20 Constitución Política de la República
Ley N°18.833
recurso de protecciónlicencia médicarechazo injustificadodeber de instruccióndebido procesoderecho a la saludintegridad psíquicasubsidio por incapacidad laboral
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