Resumen del criterio jurisprudencial
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sancionó a Aerovías DAP S.A. con una multa de 450 UTM por no implementar un Sistema de Gestión de Energía dentro del plazo legal de 12 meses, según la Ley N°21.305 y el D.S. N°28. La empresa presentó un reclamo judicial, que fue acogido parcialmente por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. La SEC apeló a la Corte Suprema, la cual revocó la sentencia de alzada y rechazó íntegramente el reclamo. La Corte Suprema consideró que la empresa reconoció su incumplimiento y que la multa se ajustaba a la ley, sin vulnerar los principios de proporcionalidad ni las normas administrativas. El tribunal valoró que la SEC ponderó adecuadamente las circunstancias del artículo 16 de la Ley N°18.410. Hubo un voto disidente del Ministro Mera, quien estimó que debía confirmarse la decisión de la Corte de Apelaciones.