Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Inversiones Alerce Limitada reclamó contra varios formularios de denuncia emitidos por la Dirección Regional de Aduanas de Talcahuano, invocando el procedimiento general de reclamaciones aduaneras. El tribunal determinó que el procedimiento aplicable era el especial del artículo 186 bis de la Ordenanza de Aduanas. La reclamante no asistió a la audiencia fijada para el 8 de agosto de 2017, y sostuvo que se enteró de ella el 25 de septiembre de 2017. Sin embargo, el plazo de 15 días hábiles para reclamar comenzó a correr desde esa notificación, y la reclamación fue presentada después de vencido dicho plazo. Por lo tanto, el tribunal declaró inadmisible el reclamo por extemporáneo.