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La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acoge la acción de amparo interpuesta por la de…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2022

Resumen

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acoge la acción de amparo interpuesta por la defensa penal pública en representación de E.H.T.. El recurso cuestionaba la orden de ingreso inmediato al Centro Penitenciario decretada por el Juzgado de Quellón, pese a que la resolución revocatoria de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva no se encontraba ejecutoriada. La Corte estimó que la ejecución de la pena debe efectuarse únicamente en virtud de sentencia ejecutoriada, conforme a lo establecido en el artículo 79 del Código Penal. Se ordena dejar sin efecto la orden de ingreso y la inmediata libertad del sentenciado, en tanto no quede a firme la resolución revocatoria.

Normas citadas

  • Artículo 79 Código Penal
  • Artículo 5 Código Procesal Penal
  • Artículo 37 Ley 18.216
  • Artículo 24 Ley 18.216
amparopena sustitutivalibertad vigiladasentencia ejecutoriadarevocación de penaderechos fundamentalesejecución de pena

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