Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción, en su sentencia de cinco de octubre de dos mil veintiséis, revisó la apelación interpuesta por la Corporación Misión Unión Cristiana contra Abraham Pablo Grandón Retamal, quien ocupaba un inmueble como pastor de una congregación religiosa distinta. La parte apelante solicitó la medida cautelar real especial prevista en el artículo 157 ter del Código Procesal Penal para desalojar al ocupante. El tribunal analizó los requisitos de la medida cautelar y la controversia sobre el título de ocupación del inmueble. Al no quedar acreditado el derecho de propiedad de la querellante y existir incertidumbre sobre los hechos, la Corte consideró que no se cumplían los presupuestos para decretar la medida. En consecuencia, confirmó la resolución del Juzgado de Garantía de Arauco que rechazó la medida cautelar, sin costas y en lo apelado.