Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Educacional Norte Wasi Limitada interpuso recurso de reclamación contra la Resolución Exenta PA N°001091 de 19 de mayo de 2026, que imponía una amonestación por escrito por presunta falta de aplicación del protocolo de actuación frente a accidentes y por no contar con el personal técnico exigido. La Superintendencia había fundamentado la sanción en omisiones en registros, evaluación técnica y canales de comunicación. La parte actora alegó cumplimiento oportuno del protocolo, vulneración del debido proceso y falta de motivación del acto administrativo. El tribunal, con fundamento en los artículos 85 y siguientes de la Ley N°20.529, determinó que la reclamación sólo revisa la juridicidad y no el mérito de la decisión administrativa. Al no desvirtuarse los hechos ni la motivación del acto, la Corte confirmó la sanción y rechazó la reclamación sin costas. La sentencia fue pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique el 13 de agosto de 2026.