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La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos a la D.E.T.C. por incumplimientos…

Resolución · Superintendencia del Medio Ambiente · 2016

Resumen

La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos a la D.E.T.C. por incumplimientos detectados en una fiscalización del proyecto de peralte del embalse Carén, en el marco de su Resolución de Calificación Ambiental, e inició con ello un procedimiento sancionatorio ambiental. El acto informa a la empresa sobre su derecho a presentar un programa de cumplimiento, según los requisitos y criterios definidos por la D.S.C., y establece que, si se presenta dicho programa, el plazo para presentar descargos queda suspendido hasta que se resuelva su aprobación o rechazo. Asimismo, incorpora al expediente los informes de fiscalización y actos administrativos citados, dispone que el expediente pueda consultarse en oficinas y en el sistema SNIFA, y ordena notificar la resolución a la representante legal de la empresa mediante carta certificada u otro medio legal.

Normas citadas

  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.300
  • Resolución N° 13
  • Artículo 46 de la Ley N° 19.880
  • Ley N° 20.417
  • Decreto Supremo N° 30
  • Resolución Exenta N° 374
  • Resolución Exenta N° 332

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si una empresa imputada en un procedimiento sancionatorio ambiental presenta un programa de cumplimiento?

En este caso, la Superintendencia del Medio Ambiente informó a la empresa de su derecho a presentar un programa de cumplimiento y dispuso que, si lo presenta, el plazo para presentar descargos queda suspendido hasta que se resuelva su aprobación o rechazo.

¿Cuándo puede la Superintendencia del Medio Ambiente formular cargos por incumplimientos de una Resolución de Calificación Ambiental?

En este caso, la Superintendencia formuló cargos contra la empresa a partir de incumplimientos detectados en una fiscalización del proyecto de peralte del embalse Carén, e inició con ello un procedimiento sancionatorio ambiental.

¿Dónde puede consultarse un expediente sancionatorio ambiental en Chile?

En este caso, la Superintendencia dispuso que el expediente pueda consultarse en sus oficinas y en el sistema SNIFA, e incorporó al expediente los informes de fiscalización y actos administrativos citados.

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