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La Sala I de Mercedes confirmó que quien permanece en una vivienda adquirida durante el…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Sala I de Mercedes confirmó que quien permanece en una vivienda adquirida durante el matrimonio debe retribuir económicamente al otro cónyuge, incluso sin sentencia previa de atribución.

La ocupación exclusiva de inmueble ganancial tras la separación genera obligación de pagar canon locativo al otro cónyuge, sin necesidad de sentencia previa de atribución.La presunción de ganancialidad rige aunque el boleto de compraventa sea anterior al matrimonio; la regularización dominial con ambos nombres es determinante.El canon se devengó desde la notificación del reclamo, con actualización según IPC e intereses moratorios.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.