Resumen del criterio jurisprudencial
Victoria Urrutia Muñoz, sargento segundo de Carabineros, interpuso un recurso de protección contra la Dirección General de Carabineros por la falta de respuesta a su denuncia de acoso laboral basada en la Ley N°21.643. La parte recurrente alegó que la conducta de la institución vulneraba el artículo 211-C del Código del Trabajo y el artículo 17 del Reglamento de la Ley N°21.643. La Corte Suprema analizó el ámbito de aplicación del Código del Trabajo, cuyo artículo 1 excluye a los funcionarios sujetos a un estatuto especial, como los Carabineros. Se verificó que Carabineros está regido por un estatuto propio y, por tanto, no está sujeto a las normas laborales en los aspectos regulados por dicho estatuto. En consecuencia, la Corte consideró que no existió acto ilegal o arbitrario que justificara el recurso de protección. El recurso fue desestimado y se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, declarando que se rechaza el recurso de protección.