ConstitucionalAcoge

La Corte Suprema conoce un recurso de protección interpuesto por un trabajador contra l…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema conoce un recurso de protección interpuesto por un trabajador contra la Caja de Compensación La Araucana por haber reiniciado descuentos de un crédito social sin cumplir con la obligación de informar previamente al deudor, conforme al Compendio de Normas de la SUSESO. La Caja no envió el aviso exigido que otorgaba un plazo de al menos 15 días para regularizar la morosidad antes de reiniciar los descuentos. La Corte revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acoge el recurso, ordenando a la Caja abstenerse de continuar el cobro vía descuentos y devolver los montos indebidamente descontados. Se considera que la falta del aviso constituye un acto arbitrario que vulnera el derecho de propiedad del recurrente sobre sus remuneraciones, amparado por el artículo 19 N° 24 de la Constitución. La Corte también remite copia a la Superintendencia de Seguridad Social para fiscalización.

Acto arbitrarioDerecho de propiedadRecurso de protecciónCaja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF)Derechos irrenunciablesSuperntendencia de Seguridad Social (SUSESO)Créditos y descuentos de cuotasCaja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.