Resumen del criterio jurisprudencial
El demandante, Rodrigo Alberto Rivera Farías, interpuso una denuncia por tutela laboral con ocasión de su despido y una demanda subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de la Municipalidad de Contulmo. El Juzgado de Letras de Cañete dictó una primera sentencia en 2024 que acogió la excepción de caducidad, pero fue anulada por la Corte de Apelaciones de Concepción en el, ordenándose un nuevo juicio. En 2025, se dictó una segunda sentencia que acogió parcialmente la demanda, pero también fue anulada por la Corte en el. En un tercer juicio, realizado en 2026, el tribunal rechazó la tutela laboral pero acogió parcialmente la demanda subsidiaria, declarando el despido injustificado y ordenando pagos. La Municipalidad interpuso un recurso de nulidad contra esta tercera sentencia, invocando las causales de los artículos 478 letras b) y c) y 477 del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones, en esta decisión, declaró improcedente el recurso de nulidad, aplicando el artículo 482 del Código del Trabajo, ya que se habían agotado los recursos de nulidad al haberse acogido dos recursos anteriores y haberse realizado nuevos juicios.