Resumen
El tribunal tributario aduanero de la región del bio bio, tuvo por no acoger el reclamo interpuesto, teniendo presente entre otras consideraciones que, en cuanto a la incidencia de nulidad planteada por el reclamante, sin perjuicio de no ser la forma legal de iniciar el procedimiento general de reclamaciones, se funda en los mismos argumentos que el reclamo que interpone subsidiariamente, argumentos, que como se dijo, implican una resolución que escapa a la competencia de este tribunal.