Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Cobertura socio mayoritario, Trabajadores independientes

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Los socios mayoritarios que detenten facultades de administración, sea en forma individual o en conjunto con otros socios mayoritarios, no pueden ser considerados trabajadores dependientes de la sociedad de que se trate, para efectos de acceder a la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744, sino que solo podrán hacerlo en calidad de trabajadores independientes voluntarios,

Ley N° 16.744Cobertura socio mayoritarioTrabajadores independientes

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.