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La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un diploma de ingeniero en…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un diploma de ingeniero en ejecución en administración de empresas, obtenido en modalidad de completación de estudios en el Instituto Profesional Valle Central, habilita a un servidor público para percibir la asignación profesional del decreto ley N° 479, de 1974. El organismo concluyó que el título sirve para ese fin siempre que el Ministerio de Educación certifique que cumple los requisitos del artículo 5° de la ley N° 19.699, debiendo el interesado solicitar esa certificación ante dicho ministerio. Asimismo, precisó que, conforme al artículo 2° transitorio de la misma ley, no es necesario que la suma de los planes de aprendizaje alcance seis semestres y 3.200 horas de clases, en contra de lo sostenido por la Subsecretaría de Educación. El dictamen se transcribe a la Subsecretaría de Educación y al Fondo Nacional de Salud.

Normas citadas

  • dl 479/74 art/3
  • ley 19699 art/2 tran
  • ley 19699 art/5
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un título de ingeniero obtenido por completación de estudios en un instituto profesional permite cobrar la asignación profesional del decreto ley 479?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que sí, siempre que el Ministerio de Educación certifique que el título cumple los requisitos del artículo 5° de la ley 19.699, certificación que el interesado debe solicitar a ese ministerio.

¿Para acreditar un título por completación de estudios, la suma de los planes de aprendizaje debe alcanzar seis semestres y 3.200 horas de clases?

En este caso, la Contraloría precisó que, conforme al artículo 2° transitorio de la ley 19.699, no es necesario que esa suma alcance seis semestres y 3.200 horas, en contra de lo sostenido por la Subsecretaría de Educación.

¿Qué debe hacer un servidor público que quiere acreditar que su título habilita para la asignación profesional del decreto ley 479?

En este caso, la Contraloría indicó que el servidor debe solicitar al Ministerio de Educación la certificación de que su título cumple el artículo 5° de la ley 19.699, pues esa certificación es la que habilita el beneficio.

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