Administrativo

Para obtener o renovar licencia de conductor, los extranjeros pueden acreditar el requi…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para obtener o renovar licencia de conductor, los extranjeros pueden acreditar el requisito del artículo 13, número 3), de la ley N° 18.290, acompañando el certificado que menciona el artículo 43 de la ley N° 21.325. Vigencia de la licencia de conductor de extranjeros se rige por las normas generales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.