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El tribunal desestimó la demanda incidental al no acreditarse que los bienes embargados…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal desestimó la demanda incidental al no acreditarse que los bienes embargados en el domicilio de Providencia pertenecían a la tercerista, pese a encontrarse en su poder.

El tribunal rechazó la tercería de posesión por insuficiencia de prueba sobre el dominio material de los bienes embargados.La tercerista no acreditó los elementos esenciales de la posesión —ánimo de señor y dueño, y tenencia material— pese a estar en su domicilio.Solo el domicilio en los documentos aportados no es suficiente para demostrar la posesión que la ley exige en la tercería de posesión.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.