Resumen del criterio jurisprudencial
El 25 de septiembre de 2026, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, presidida por el Ministro titular Iván Corona Albornoz e integrada por el Ministro suplente Rodrigo Díaz Figueroa y el Abogado integrante Jorge Fonseca Dittus, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la resolución del Juez de Garantía de Vicuña, Felipe Ravanal Kalergis, de 25 de agosto de 2026. La defensa estuvo representada por el abogado Luigi Arata y la parte querellante por el abogado Nicolas Veloso. Los sentenciadores coincidieron con los argumentos del juez a quo y determinaron que no se cumplen los presupuestos del artículo 402 del Código Procesal Penal para decretar el abandono de la acción privada y el sobreseimiento. En consecuencia, desestimaron el recurso de apelación y confirmaron la resolución de primera instancia con costas. Asimismo, se concedió la condena en costas a la defensa, al no existir motivo plausible para el recurso. La resolución quedó notificada por correo electrónico y se levantó acta suscrita por la relatora Soledad Sepúlveda Fonck.