Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo Tribunal determinó que solo correspondía declarar la prescripción parcial de las cuotas vencidas entre el 6 de mayo y el 6 de julio de 2018, al considerar que la cláusula de aceleración de los pagarés es facultativa y que las demás cuotas continuaban exigibles, ordenando proseguir con el desposeimiento del inmueble hipotecado por el saldo restante adeudado.