Tributario

Por tratarse de una materia que incide en el ámbito de competencia de este Servicio, s…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2016

Resumen

Por tratarse de una materia que incide en el ámbito de competencia de este Servicio, solicita se emita un informe al tenor de lo expuesto, con el objeto de dar respuesta a la mencionada representación diplomática. En relación con lo consultado, cabe señalar en primer término que el artículo 23 de la Convención de Viena de 1961, sobre Relaciones Diplomáticas, establece lo siguiente: "œ1. El Estado acreditante y el jefe de la misión, están exentos de todos los impuestos y gravámenes nacionales, regionales o municipales sobre los locales de la misión de que sean propietarios o inquilinos, salvo de aquellos impuestos o gravámenes que constituyan el pago de servicios particulares prestados. 2. La exención fiscal a que se refiere este artículo no se aplica a los impuestos y grav

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.