Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema resuelve que la calidad de dueño de la obra no depende de si el mandante es de carácter público o privado, acogiendo la demanda contra el Fisco de Chile. Se establece que el Fisco es subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales derivadas de la nulidad del despido. La responsabilidad se limita temporalmente hasta el 11 de agosto de 2021, fecha de la liquidación concursal de Brotec Construcción SpA. Se mantiene la sentencia recurrida de nulidad con las modificaciones indicadas en los considerandos.