Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá declaró no presentada la reclamación de Haidar Mahmud Hassan y otro contra el Servicio Nacional de Aduanas (SNA), debido a que transcurrió el plazo del artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas sin que se diera cumplimiento a lo ordenado a fojas 13. La resolución se dictó el 24 de marzo de 2010, bajo el RIT GR-02-00039-2010. El juez titular Mario Guzmán Cortes ordenó tener por no presentada la reclamación, registrarla y archivar el expediente una vez ejecutoriada. La notificación se realizó por carta certificada y publicación en el sitio web del tribunal, conforme a los artículos 123 y 127 de la Ordenanza de Aduanas.