Resumen del criterio jurisprudencial
Julio César Domínguez Aguilera y Camila Alejandra Jiménez Brito demandaron a la Ilustre Municipalidad de Independencia ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, alegando que, pese a haber sido contratados bajo la modalidad de honorarios, mantenían una relación laboral de carácter subordinado en la Dirección de Educación. Señalaron que iniciaron sus labores en marzo y abril de 2023, trabajaban 35 horas semanales, con jornadas fijas y estaban sujetos a deberes de obediencia, recibiendo una remuneración mensual de $947.349. La municipalidad se opuso alegando inexistencia de vínculo laboral y sustentando la contratación en el artículo 4 de la Ley N° 18.695 y en varios decretos alcaldicios. El tribunal constató la existencia de subordinación y habitualidad, declarando la nulidad del despido y reconociendo la relación laboral. En consecuencia, condenó a la municipalidad al pago de indemnizaciones por años de servicio, aviso previo, recargo legal, feriado legal y proporcional, así como al abono de cotizaciones previsionales y a los intereses y reajustes legales.