Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Europea de Derechos Humanos rechaza las demandas de cinco solicitantes que cuestionaban la penalización de la compra de actos sexuales en Francia. La Corte determina que la legislación francesa que criminaliza la compra de servicios sexuales, dentro de un marco global de lucha contra la prostitución y la trata de personas, no viola el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La decisión reconoce que no existe consenso europeo e internacional sobre la mejor forma de abordar la prostitución y que Francia goza de un amplio margen de apreciación. La Corte valida el equilibrio alcanzado por las autoridades francesas entre intereses concurrentes, aunque insta a mantener un examen constante de la aplicación de esta legislación.