Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante, Elizabeth del Carmen Chacano Espinoza, impugna la licitación pública 'Servicio de Aseo en Tribunales de la Jurisdicción de Valdivia', ID N°2180-42-LR24, adjudicada a Central de Restaurantes Aramark Ltda. Alega que la oferta de Aramark debió ser declarada inadmisible por no cumplir con el Anexo N°5 de las Bases, al confundir el término 'socio' con 'empresa', y que existían otras inconsistencias en la propuesta técnica. La demandada, Corporación Administrativa del Poder Judicial, defiende la legalidad del proceso, señalando que el Anexo N°5 fue correctamente llenado al indicar los nombres y RUT de los socios de las personas jurídicas que componen la sociedad oferente. El Tribunal de Contratación Pública rechaza la acción, concluyendo que la oferta de Aramark cumplió con los requisitos de las bases y que las alegaciones de la actora no acreditan ilegalidad o arbitrariedad. La sentencia ordena que cada parte pague sus propias costas.