Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Delegado(a) de Seguridad y Salud en el Trabajo

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N°16.744. Prestaciones Preventivas.Quien ejerza como delegado(a) de Seguridad y Salud en el Trabajo carece de fuero o inamovilidad, pues dicha protección es una prerrogativa exclusiva que la regulación entrega a quienes integran un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Ley N° 16.744Delegado(a) de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.