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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia analizó un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia analizó un amparo de acceso a la información pública presentado por un particular en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, relativo a la cobranza de multas sanitarias durante la pandemia. El Consejo declaró inadmisible el amparo por extemporáneo, por haberse presentado después del plazo legal de quince días hábiles contado desde el vencimiento del plazo de respuesta del órgano. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes, en ejercicio de las facultades de los artículos 24 y siguientes y 33 letra b) de la Ley de Transparencia. Contra esta resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en un plazo de quince días corridos, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para presentar un amparo de acceso a la información pública ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por haberse presentado después del plazo legal de quince días hábiles, contado desde el vencimiento del plazo de respuesta del órgano.

¿Qué recursos proceden contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, el Consejo sostuvo que contra su resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en un plazo de quince días corridos, y no procede el recurso de reposición.

¿Qué ocurre si un amparo de acceso a la información se presenta fuera de plazo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia lo declaró inadmisible por extemporáneo, al haberse presentado después del plazo de quince días hábiles desde el vencimiento del plazo de respuesta de la Subsecretaría de Salud Pública.

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