Resumen del criterio jurisprudencial
Doña Jasmina del Carmen Valenzuela Reyes, candidata a Concejala por la comuna de Concón en las elecciones municipales 2024, reclama ante el Tribunal Calificador de Elecciones contra la resolución de la Directora (S) del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. La reclamante indica que envió vía plataforma del SERVEL los documentos solicitados para subsanar observaciones, pero por inexperiencia no completó acciones del sistema y aparecían como 'no enviado'. Agrega que no solicitó reembolso por documentos pendientes de pago porque financió personalmente los gastos de campaña, y acompaña copia de respuestas, boletas y vouchers de proveedores. El tribunal considera que los vouchers electrónicos, aunque obligatorios desde la resolución exenta N°12 del SII de enero de 2025, son suficientes para acreditar gastos electorales anteriores sumados a otros elementos. Finalmente, aplicando el criterio favorable al elector in bonam partem en procedimiento sancionador, acoge la reclamación y da por subsanadas las observaciones.