Resumen del criterio jurisprudencial
El comportamiento de una persona que, infringiendo las normas para el de cruce de fronteras, introduce en el territorio de un Estado miembro a menores nacionales de países terceros que la acompañan y sobre los que ejerce la custodia efectiva no está comprendido en la infracción general de ayuda a la entrada irregular en el sentido del Derecho de la Unión.