Resumen del criterio jurisprudencial
Eco Maule S.A. interpuso cinco reclamaciones en contra de resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente que ordenaron medidas provisionales de clausura temporal parcial del relleno sanitario Eco Maule, basadas en el artículo 48 de la LOSMA. Las medidas fueron adoptadas por riesgo de daño ambiental grave debido a incumplimientos de la normativa y la RCA. El Segundo Tribunal Ambiental acumuló las causas y rechazó todas las reclamaciones, considerando que las resoluciones estaban debidamente motivadas y que las medidas eran proporcionales al riesgo. El tribunal condenó en costas a la reclamante por ser totalmente vencida. La sentencia fue dictada el 23 de diciembre de 2016.