Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema resuelve un recurso de protección interpuesto por Estanislao Figueroa Morales en contra de Jacqueline Morales Urrea y Manuel Aguayo Neira por la instalación de portones que obstaculizan el acceso a su propiedad en Guarilihue, Coelemu. El actor denuncia vulneración de la garantía constitucional del artículo 19 N° 24 de la Constitución. La sentencia de primera instancia acogió la acción, pero fue modificada en alzada. La Corte Suprema analiza si existe servidumbre legalmente constituida o si el acceso es por mera tolerancia. Se determina que los actos de autotutela no amparados por derecho vulneran la garantía constitucional, independientemente de la existencia formal de servidumbre.