Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Universidad de Los Lagos, ordenando la entrega íntegra del decreto reclamado. Lo anterior, por cuanto, se considera improcedente el tarjado del nombre del funcionario público que es promovido mediante el acto administrativo en cuestión, ya que, la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación elevada a rango constitucional de transparentar las actuaciones de los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía. Sin perjuicio, se tiene por entregada extemporáneamente la información en mérito de lo informado por el organismo en sus descargos.