Resumen del criterio jurisprudencial
La Compañía de Inversiones y Desarrollo Sur S.A. interpuso recurso de casación contra la Resolución D.G.A. Nº 989 que rechazó su reconsideración respecto a la orden de destrucción de un muro de hormigón ubicado en el deslinde norte del inmueble, el cual coincide con la ribera izquierda del Río Mapocho. La Corte Suprema analizó si el muro se encontraba en el cauce público del río y si la Dirección General de Aguas tenía competencia para ordenar su modificación o destrucción bajo los artículos 30, 41, 171 y 172 del Código de Aguas. Se consideró que, pese a la suspensión del DS Nº 109, el DS Nº 71 sigue vigente para fijar los deslindes en el sector. El tribunal concluyó que el muro está en el cauce del río, por lo que la DGA ejercía sus atribuciones y la resolución que ordenaba su destrucción debía ser anulada. En consecuencia, se acoge la reclamación y se deja sin efecto la resolución que ordenaba la destrucción del muro. Los Ministros Urbano Marín Vallejo y Jorge Medina Cuevas votaron en contra, sustentando que la orden de destrucción no era procedente.