Las plantas elevadoras de aguas servidas Puerto Chico y Santa Rosa, de la comuna de Pue…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2022
Resumen
Las plantas elevadoras de aguas servidas Puerto Chico y Santa Rosa, de la comuna de Puerto Varas, corresponden a redes y trazados, según el artículo 2.1.29. de la OGUC, por lo que se entienden siempre admitidas. Asimismo no requieren permiso de edificación.
Normas citadas
dfl 382/88 moopp art/3 inc/3
dto 47/92 vivie art/1/1/2
dto 47/92 vivie art/2/1/28
dto 47/92 vivie art/2/1/29 inc/1
dto 47/92 vivie art/2/1/29 inc/3
dfl 458/75 vivie art/57
dto 47/92 vivie art/2/1/29 inc/2
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.