Resumen
La Sociedad de Transportes Buses Base Naval Limitada presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra la frase 'y, en consecuencia, no será aplicable el abandono del procedimiento' del artículo 429 del Código del Trabajo, en el marco de un proceso laboral de cobranza seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción. La requirente alegó que la norma vulnera la igualdad ante la ley y el debido proceso, al impedir que los demandados soliciten el abandono del procedimiento incluso ante inactividad prolongada de más de una década. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento, considerando que la disposición es conforme a la Constitución, pues se justifica por los principios de oficialidad y celeridad propios del procedimiento laboral. La mayoría sostuvo que el legislador estableció un régimen especial que no afecta la igualdad ni el debido proceso. La sentencia incluyó un voto disidente del Ministro H.M.R., quien estimó que la norma debía declararse inaplicable por permitir una inactividad procesal excesiva. La gestión pendiente corresponde a la apelación de la resolución que rechazó el incidente de abandono, actualmente ante la Corte de Apelaciones de Concepción.