Resumen del criterio jurisprudencial
La Municipalidad de Santiago dedujo una reclamación judicial contra la Superintendencia de Educación, impugnando la Resolución Exenta PA N°00083 de 13 de enero de 2026 que rechazó la reclamación administrativa y confirmó la multa de 100 UTM impuesta por no haber activado el protocolo de violencia escolar ante la difusión de un audio del director del establecimiento con expresiones discriminatorias genéricas contra estudiantes TEA. La Superintendencia consideró que el sostenedor no aplicó correctamente su reglamento interno y protocolos. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación el 12 de mayo de 2026. La Corte Suprema revocó esa sentencia y acogió la reclamación. Razonó que los dichos del director fueron genéricos, vertidos en una conversación indebidamente divulgada, y no afectaron a una víctima identificable. Por ello, no existía obligación de activar el protocolo de violencia escolar y no se configuró la infracción sancionada. En consecuencia, dejó sin efecto las resoluciones sancionatorias y absolvió a la reclamante.