Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la demora en pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización. La Corte Suprema analizó si la demora constituía una actuación arbitraria o ilegal que afectara sus derechos constitucionales. Se consideró que la solicitud se encontraba sometida a un procedimiento reglado y que la nueva Ley N°21.325 establece que la cédula de identidad mantiene su vigencia mientras se tramita la solicitud. Por lo tanto, no se acreditó una vulneración de derechos ni siquiera en grado de amenaza. La Corte revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección, pero ordenó al servicio pronunciarse en un plazo razonable.