Resumen del criterio jurisprudencial
El sii debió abstenerse de emitir una resolución, que eliminó del catastro de los bienes raíces un inmueble reclamado, si con anterioridad se había interpuesto reclamo tributario, solicitando la modificación del avalúo fiscal de dicho inmueble, invocándose las causales del artículo 149 n°2 y n°3 del código tributario. corresponde rechazar el reclamo del avalúo fiscal asignado a un inmueble en la tasación general, si la parte reclamante invoca las causales establecidas en el artículo 149 n°2 y n°3 del código tributario -vale decir, aplicación errónea de las tablas de clasificación y errores de cálculo-, fundándolas en que el avalúo fiscal del inmueble es superior su valor comercial, si no acredita dicha circunstancia.