Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente presentó una impresión de pantalla como reclamo sin un escrito que precise la individualización del reclamante y el acto reclamado, por lo que no constan los fundamentos de hecho ni de derecho y las peticiones concretas sometidas a consideración del tribunal. finalmente, atendido el tiempo transcurrido sin que se hayan subsanado estas omisiones se tuvo por no presentado el reclamo.