El SII confirma que las empresas cuyo objeto social es y que se dedican habitual y excl…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2017
Resumen
El SII confirma que las empresas cuyo objeto social es y que se dedican habitual y exclusivamente a otorgar financiamiento a través de factoring pueden calificar como instituciones financieras para la exención del art. 24 N°6 del DL 3.475. Precisa el alcance: los documentos exentos son los emitidos en operaciones de captación de capitales de ahorrantes o inversionistas locales, y no los documentos propios de las operaciones de factoring en la relación con los clientes.
Normas citadas
DL 3.475 art. 24 N°6
Oficio N° 3.100 de 2016
Oficio N° 1.649 de 2017
Oficio N° 1.029 de 2017
SIItimbres y estampillasimpuesto de timbresDL 3475operacion de credito de dinerojurisprudencia administrativafactoringinstitucion financiera
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