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La Corte Suprema conoció un recurso de queja interpuesto por la abogada de doña (nombre…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema conoció un recurso de queja interpuesto por la abogada de doña (nombre omitido) en contra de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. El recurso impugnaba la sentencia de segunda instancia que confirmó la condena a la recurrente a restituir al Banco Itaú CorpBanca la suma de $1.168.252. La condena se basó en la Ley N°20.009, tras determinarse que la clienta incurrió en culpa grave al permitir acceso a terceros mediante una estafa telefónica. La recurrente alegó que los jueces incurrieron en infracción formal del artículo 6° de la Ley N°20.009, omisiones lógicas e incorrecta apreciación de los hechos al no analizar primero el cumplimiento del deber de cuidado del banco. Los recurridos informaron que no hubo falta o abuso grave, sustentando su decisión en la valoración de la prueba y la interpretación legal. La Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de queja, manteniendo la sentencia de segundo grado al considerar que la valoración de la prueba y aplicación del derecho son facultades privativas de los jueces del fondo. En consecuencia, se confirmó la obligación de la clienta de restituir los fondos al banco.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.