Resumen del criterio jurisprudencial
La sentencia del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, de fecha 17 de abril de 2014, da cuenta de la presentación de fojas 1 y 22. En la presentación de fojas 22, la parte reclamante (Asesorías y Proyectos Generales Limitada) solicita el retiro del reclamo, lo cual es acogido por el tribunal. En consecuencia, se tiene por retirado el reclamo, dejándose constancia en autos. Se ordena notificar a la parte reclamante mediante publicación en el sitio web del tribunal y aviso al correo electrónico registrado, conforme al artículo 131 bis del Código Tributario. La resolución es firmada por el juez titular Miguel Massone Pardo y autorizada por el secretario Cristhián Navarrete Cottet.