Administrativo

1) Rechazar la petición de Alto Jahuel Transmisora de Energía S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

1) Rechazar la petición de Alto Jahuel Transmisora de Energía S.A. 2) Rechazar la solicitud de Alto Jahuel Transmisora de Energía S.A. 3) Incorporar al final del cuarto párrafo de la letra b.6., “Intereses Intercalarios”, del Numeral 3.4.1.4. del Capítulo II de las Bases Definitivas, el siguiente texto: “Para el caso de equipos mayores en que es necesario realizar un pago al proveedor para ordenar su fabricación, el flujo de fondo será considerado desde la emisión de la orden de compra emitida para la fabricación del equipo”. (por mayoría) 4) Rechazar la petición del Grupo Saesa. 5) Materia 1 Rechazar la petición de Transelec S.A. Materia 2 Modificar las Bases Definitivas, reemplazando el procedimiento que se establece a partir del párrafo cuarto del numeral 3.6 por el siguiente texto: “1. Identificar aquellas partidas de costos que debiesen verse afectadas por economías de ámbito. El Consultor deberá comunicar al Comité las partidas de costos que podrían verse afectadas por economías de ámbito junto a su justificación para dicha determinación. 2. Intercambiar información con el Consultor del otro estudio sobre propietario, A.V.I. (distinguiendo entre inversiones… 6) Modificar el punto 3.4.1.4 letra b.2 de las Bases Definitivas, primer párrafo, por el siguiente: “Deberá cubrir los requerimientos mínimos y necesarios de almacenamiento transitorio en obra de los equipos y materiales destinados a la construcción de instalaciones de transmisión, según corresponda. Todo criterio aplicado para la inclusión de los equipos y materiales que defina el Consultor deberá estar debidamente respaldado”. 7) a 8) Rechazar la solicitud de Transelec S.A. 9) Declarar inadmisible la discrepancia de Transelec S.A.

Panel de Expertosenergíadictamen

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.