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El Tercer Juzgado de Letras de Ovalle, mediante sentencia de 1‑9‑2010, acogió la acción…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tercer Juzgado de Letras de Ovalle, mediante sentencia de 1‑9‑2010, acogió la acción de amparo de aguas interpuesta por Luis Alamiro Tabilo Rojas y Pascual Ramírez Rojas contra Víctor Hugo Tabilo Monardez y Luis Arturo Tabilo Monardez, ordenando el cese de actos que entorpecían el uso del agua del Canal Islones. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó esa sentencia el 3‑11‑2010 y los demandados presentaron recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema, integrada por los Ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados Jorge Lagos y Ricardo Peralta, analizó la presunción de titularidad establecida en el artículo 7 del D.L. 2603/1979. Determinó que la presunción solo se aplica a propietarios que demuestren uso efectivo y actual del agua, no a meros usuarios o arrendatarios sin prueba de titularidad. Por tanto, desestimó el recurso de casación y confirmó la sentencia de primera instancia. La resolución fue notificada el 3‑7‑2012 en Santiago.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.