Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante, CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., interpuso demanda ejecutiva en contra de JORGE NICOLAS PEREZ PRADO para el cobro de un pagaré por $15.938.436. El demandado opuso las excepciones de incompetencia del tribunal por cláusula de prórroga de competencia a Santiago, nulidad de la obligación por exceso de mandato y autocontrato, y nulidad por cláusula abusiva conforme a la Ley N°19.496. El tribunal rechazó todas las excepciones, considerando que el pagaré cumple con los requisitos legales para ser título ejecutivo, que la prórroga de competencia es válida, y que el demandado no acreditó los vicios alegados. Además, señaló que el pagaré se rige por la Ley N°18.092 y que las materias de protección al consumidor no afectan su mérito ejecutivo. En consecuencia, ordenó seguir adelante con la ejecución y condenó en costas al demandado.