Resumen del criterio jurisprudencial
Tratándose de elecciones de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, el conocimiento de reclamaciones corresponderá a los Tribunales Electorales Regionales.
Tratándose de elecciones de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, el conocimiento de reclamaciones corresponderá a los Tribunales Electorales Regionales.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.